DE UN VISTAZO
  • Proporciona una fuente de ingresos segura y predecible.
  • En caso de fallecimiento la renta puede revertir en el cónyuge.
  • Generalmente se contrata pagando una prima única al inicio.
  • No tiene valores de liquidez.
  • La renta está garantizada (no depende de las fluctuaciones de los mercados financieros).
CARACTERÍSTICAS DEL PRODUCTO

Hazte las siguientes preguntas:

¿Cuáles son los ingresos con los que cuento para hacer frente a mis gastos, tanto corrientes como extraordinarios?

¿Tengo activos que podría liquidar para obtener nuevas fuentes de ingreso?

¿Tener una fuente de ingresos adicional y garantizada me ayudaría a disfrutar de la jubilación con la que siempre soñé?

Hacerte estas preguntas puede ayudarte tomar el control de tu futuro hoy y a disfrutar cómodamente de tu jubilación mañana. Ya busques diversificación, asegurarte unos ingresos predecibles de por vida, o simplemente una ayuda para cubrir los gastos del día a día durante la jubilación, contratar una renta asegurada puede ser lo que necesitas.

Sin sorpresas

Tu renta está totalmente garantizada con independencia de lo que pueda pasar en los mercados financieros, ya que la compañía aseguradora te protege de estos riesgos.

Con importantes ventajas fiscales

Las rentas aseguradas tienen una fiscalidad ventajosa, especialmente para personas de edades avanzadas. Consultar fiscalidad.

Si con más de 65 años vendes un bien (ej. inmueble, negocio, acciones, fondos, etc.), la ganancia patrimonial generada puede quedar exenta del IRPF siempre que el importe de la venta se reinvierta en la contratación de una renta vitalicia, hasta el importe de 240.000 euros.

FISCALIDAD

Las prestaciones de los Seguros de Vida gozan de varios incentivos fiscales, tanto en el IRPF como en otros impuestos.

Contacta con nosotros

Nuestros Gestores pueden ayudarle a establecer el capital asegurado que necesitas en función de tus circunstancias personales

FISCALIDAD

La renta percibida tributará como rendimiento del capital mobiliario sujeta a importantes reducciones:

Si la renta es vitalicia (a percibir durante toda la vida del beneficiario) el porcentaje de la anualidad exento de tributar dependerá de la edad que se tenga en el momento de empezar a percibirla, según la siguiente escala:

(*) Esta información es de carácter general y está sujeta a cambios conforme a la normativa vigente. Si desea ampliar información sobre nuestras soluciones, puede ponerse en contacto con nosotros.

Si la renta es temporal (a percibir durante un número de años determinado) el porcentaje de la anualidad exento de tributar dependerá de la duración de la renta, según la siguiente escala:

En ambos casos, si la renta se percibe transcurrido un plazo desde el pago de primas (rentas diferidas) la rentabilidad generada desde que se contrató se repartirá entre el total de años en los que se perciba la renta con un máximo de 10, evitando de esta forma que el rendimiento obtenido tribute en un solo año.

Esta información es de carácter general y está sujeta a cambios conforme a la normativa vigente.
Si desea ampliar información sobre nuestras soluciones, puede ponerse en contacto con nosotros.